Tal y como señala el Banco de España en su último informe anual, correspondiente al ejercicio 2015, las quejas originadas por publicidad bancaria se incrementaron en un 32% en 2015 con respecto a 2014, siendo 196 las personas o entidades que reclamaron a la autoridad encargada de la supervisión el cese o bien la rectificación de los anuncios que las propias entidades bancarias emitían con fines comerciales.

Dichas reclamaciones surgen como consecuencia de la aplicación de técnicas comerciales agresivas en favor de los intereses de la propia entidad, en detrimento de los intereses de los clientes, lo que provoca que se produzca un alto grado de rechazo social a estas malas prácticas.

¿De qué modo ha actuado el Banco de España al respecto?

De esta forma, el Banco de España ha colaborado con 2.190 requerimientos de información al respecto, así como ha colaborado con juzgados y tribunales, habiendo presentado 113 denuncias a entidades financieras como consecuencia de su mala praxis publicitaria.

En lo que respecta a la idoneidad de los altos cargos de las entidades financieras en el ejercicio 2015 se produjo la apertura de 437 expedientes, repartidos en 266 a las entidades financieras, 178 a entidades cuya operativa está relacionada con el dinero en su forma electrónica, 88 a establecimientos financieros crediticios, 45 a entidades de pago, 14 a sociedades cuyo objeto es la tasación y, por último, 4 a establecimientos cuyo objeto es el cambio de moneda.

Estos datos señalan la importancia que el Banco de España, que desde 2015 encarga la supervisión de conducta al Dpto. de Conducta de Mercado y Reclamaciones, concede a la honorabilidad en el ejercicio de la actividad bancaria, control que es básico y que las entidades bancarias también deben considerar para eliminar comportamientos no acordes a la ética o a la profesionalidad exigida a las mismas.

¿En qué ámbito centró el Banco de España su investigación?

Para el año 2015 tal análisis conductual de las entidades financieras por parte del BDE se centró en el ámbito hipotecario, realizándose 8 inspecciones en “in situ” con objeto de controlar la previsión de contratación y la forma en la que las cláusulas suelo se aplican, así como se realizaron otras 2 inspecciones del mismo modo para comprobar la aplicación de las medidas de protección a los deudores contempladas en el RDL 6/2012, en relación a los deudores sin recursos.

Además, se realizaron 3 supervisiones a compañías de crédito al consumo, 226 supervisiones de los correspondientes servicios de atención al cliente y 63 actuaciones.

Como resultado de esto se redactaron 7 escritos de requerimiento, 27 observaciones y recomendaciones y una propuesta de incoación de expediente con carácter sancionador.

Fueron 4 los expedientes sancionadores que se incorporaron en el ejercicio 2015, dos a entidades de pago y sus consejos de administración por incumplir sus obligaciones contables, contar con recursos propios insuficientes e incumplir la obligación de salvaguardar los fondos de los clientes, uno a una Sociedad Limitada que usaba el término “Bank” sin poseer ficha bancaria, y otro a un establecimiento financiero por facilitar información precontractual insuficiente.

Además de estos datos de 2015, 7 expedientes sancionadores correspondientes al ejercicio 2014 fueron finalizados, sancionando a 3 entidades financieras y a sus cargos administrativos por cometer irregularidades en lo que respecta a la normativa del sector, así como se sancionó a una Sociedad de Garantía Recíproca por mantener su capital mínimo reglamentario por debajo del mínimo durante más de seis meses.

El incumplimiento de las obligaciones de transparencia y protección del cliente también fueron motivo de sanción para una cooperativa de crédito, así como la realización de actividades reservadas a entidades supervisadas supusieron motivo de condena para dos entidades y dos administradores de una de las mismas.

Regular la mala praxis bancaria es el objetivo del Banco de España:

La actividad judicial del BDE surge como consecuencia de un mayor grado de litigiosidad en el sistema financiero español, debido a las políticas llevadas a cabo en los últimos años, pero, al margen del propio trabajo del Banco de España, a modo de “policía financiera”, lo que debería ocurrir es que fuesen las propias entidades las que tomasen conciencia de la importancia de adoptar un comportamiento acorde a los principios éticos.

Por último, cabe señalar que el número de reclamaciones interpuestas en 2015 ascienden a 20.262, frente a las 5.000 reclamaciones que tuvieron lugar antes de estallar la crisis financiera en la que se ha visto sumido el país, lo que nos hace tomar cuenta de que las entidades financieras son, al fin y al cabo, un negocio, tratando de salvaguardar el mismo a cualquier precio.

Pero estas malas prácticas se ven contrarrestadas con un mayor conocimiento por parte de los consumidores de sus derechos, haciendo valer los mismos. Sin duda, un claro síntoma de madurez de la sociedad española.

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