El Tribunal Supremo de la Unión Europea ha recordado recientemente a los estamos miembros que deben ofrecer todos los medios posible y eficaces para hacer efectiva la eliminación de las cláusulas suelo.

En este sentido, Luxemburgo ha reprendido a España que siga sin evitarlas. Argumenta que el juez en cuestión no debe limitarse a aplicar el artículo 114 de la Ley Hipotecaria y el artículo 693 de la LEC (Ley de Enjuiciamiento Civil) sino que debe examinar el caso en su máxima totalizad.

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