En primera instancia, el Juzgado de Instrucción número 9 bis de la provincia de Córdoba, en fecha,28 de octubre, ha resuelto sobre un litigo que versaba entre una entidad bancaria, en este caso, Caja Rural del Sur y un consumidor en lo relativo a IRPH o índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios, basando su argumentación en la expuesta por el Pleno de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo recientemente.

Considera y argumenta el Juzgado de Instrucción que, la cláusula referenciada en el préstamo hipotecario es abusiva y por tanto no supera ni el control de transparencia ni el de abusividad, en tanto que, considera que no se dio al prestatario la suficiente documentación, siendo esta nula prácticamente a la previa firma del contrato de préstamo hipotecario, Añade además este Juzgado que, la “ no consta documentalmente información suficiente, clara y precisa sobre la incorporación de este tipo de clausula al contrato, así como tampoco su trascendencia económica, ni se hace previsión alguna de ningún tipo de simulación que hubiera permitido al prestatario conocer y ser consciente de las variaciones que sufría el IRPH así como de las previsiones de variación del mismo”.

Expresa literalmente el juzgado cordobés que “lo único que se le facilito al cliente fue un resumen, pero sin dar mucho más detalle, es decir, no se dio una explicación pormenorizada” de las consecuencias de adherirse a aquel contrato.

Así, el fallo, determina la cláusula IRPH ligada al préstamo hipotecario como abusiva por falta de transparencia, considerándola nula de pleno derecho, obligando a la entidad bancaria a devolver lo cobrado de más por ese tipo de interés referenciado y a sustituir ese IRPH por el índice EURIBOR.

Sin duda, y a pesar de ser este fallo, recurrible en segunda instancia, es una gran noticia que desde un primer momento se haya considerado este como abusivo, pues recordemos, que el criterio del Tribunal Supremo, sigue una línea bastante diferente y marcada, de lo expuesto previamente por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, quien, en unos meses, esperemos, volverá a pronunciarse sobre la cuestión del IRPH dada las dudas suscitadas en lo ambiguo de su jurisprudencia respecto del tema.