La Comisión Europea entre otras prioridades tiene la intención de debatir y aprobar en un futuro dos nuevas normativas sobre servicios y mercados digitales en forma de Reglamento.

Estos nuevos reglamentos, que recordemos serán de aplicación y eficacia directa, sin necesidad de transposición en el orden jurídico nacional, a diferencia de las Directivas, tienen como objetivo regular y poner límites a las empresas tecnológicas, pudiendo incluir tales reglamentos contenidos sobre la gestión de la privacidad de nuestros datos en la red, hasta de la responsabilidad civil de las plataformas sobre el contenido que en ellas se publica.

Por ello, el futuro Reglamento de Servicios Digitales, servirá para actualizar la actual Directiva sobre comercio electrónico, que, aun así, seguirá vigente y será una regulación complementaria a esta. Establece la proposición de Reglamento que aquellas plataformas con más de 45 millones de usuarios (es decir, grandes empresas), deberán evaluar de forma interna diferentes factores como, por ejemplo, el contenido, los servicios de nombres de dominio, la desinformación sobre productos o sobre el propio contenido que publique esa plataforma, datos, que deberán poner en manos de expertos independientes que serán los encargados de tales análisis.

Además, el nuevo Reglamento pretende hacer una distinción clara entre aquello que es una actividad de carácter no económico y lo que es en sí, publicidad, así como se definirá que es un “operador sistémico”, en referencia a aquellas sociedades que puedan ostentar una posición de dominio en el mercado europeo y que actúen como “gatekeepers” de ese mercado, por ejemplo, si siendo una empresa pequeña, te ves obligado a pasar por una determinada plataforma digital para poder vender tu producto. Asimismo, se han establecido en esta nueva proposición, sanciones de hasta 5 años que no superen el 1% de la facturación diaria de grandes compañías tecnológicas o de hasta el 6% de facturación anual.

Por otro lado, también se pretende la aprobación del Reglamento de Mercados Digitales, que tendrá como objetivo, regular los comportamientos de los actores más importantes en el sector de la competencia, especialmente, para los actores que actúan como “gatekeepers”, debiendo cumplir con unos límites como son el uso limitados de los datos privados que recogen, lo que en pocas palabras, pone en peligro el tráfico masivo de datos, el fomento de la interoperabilidad y la restricción de la autopreferencia o bloatware, es decir, el uso de aplicaciones preinstaladas en dispositivos que no se puedan desinstalar. En este caso, las sanciones podrían llegar hasta el 10% de su facturación anual.