La-quiebra-de-Thomas-Cook-que-como-y-a-quien-reclamar-Juan-Ignacio-Navas-Abogado-especialista-en-Derecho-del-consumidor

Thomas Cook es (o era) uno de los operadores turísticos más grandes a nivel mundial. Y digo era porque, como ya es conocido a través de un comunicado de hace un par de semanas, ha quebrando, dejando a millones de pasajeros y turistas sin opciones de vacaciones. Las estimaciones fijan que más de 8 millones de asientos en vuelos han sido cancelados, afectando a 38 países. Uno de los países más afectados, como destino turístico ha sido España, creando miles de pérdidas tanto a los consumidores de sus servicios como también a los servicios turísticos de los destinos, como son los hoteles.

Soy afectado por la quiebra de Thomas Cook ¿qué puedo hacer?

Debemos diferenciar entre los pasajeros y usuarios que han viajado y han hecho uso del servicio, y se han quedado “tirados”, y los pasajeros que habiendo pagado un paquete vacacional, aún no han empezado su viaje.

En ambos casos son afectados, pero las situaciones son distintas. Lo que sí es cierto es que en ambos casos se podrá solicitar el reembolso  de las cantidades derivadas de alquileres de hoteles, coches o vuelos, ya sea de forma individual o bien en paquete. Así mismo lo determina la legislación comunitaria en su Directiva 2015/2302, de 25 de noviembre relativa a los viajes combinados.

A parte de ello, en caso de los viajeros a quienes les sorprendió la noticia en mitad de sus vacaciones, y fuera de su país, podrán reclamar todos aquellos gastos en los que han tenido que incurrir debido ello a

Por su parte también tenemos como afectados a las mismas aerolíneas, hoteles y empresas de servicios turísticos como alquiler de coches o barcos, a quien esta empresa tampoco les va a pagar sus precios. El debate de estas empresas está ahora mismo en si tienen que afrontar y pagar el IVA de las facturas de Thomas Cook, pese a que estas no han sido pagadas. Varias asociaciones y Federaciones hoteleras como la Federación Empresarial Hoteleras de Mallorca ya han hecho esta consulta a nivel fiscal.

Responsabilidad de los consejeros de Thomas Cook

A pesar de que la compañía sorprendía hace un par de semanas con la noticia de su quiebra, lo que está claro es que no era una sospresa para la misma empresa Thomas Cook, quien ya conocía su situación de crisis e insolvencia desde hacía ya varios meses.

La legislación comunitaria establece mecanismos de protección, máxime cuando hay usuarios y consumidores de por medio, para poder solicitar indemnización y daños para aquellos casos que ya “se venían venir”. Por ejemplo, si una compañía tenía problemas de solvencia, tenía la obligación de haber hecho la comunicación a las autoridades competentes o bien notificar que entraban en concurso de acreedores.

En los casos en lo que miles de usuarios pueden verse implicados –como es el caso- se tiene que extremar aún más las medidas, y pare ser que Thomas Cook, aun a sabiendas de su previsible quiebra, no hizo nada al respecto y ello ha producido un grave perjuicio a miles de usuarios y también a las empresas que operaban con ellos.

Por ello, entendemos que es más que viable que se pueda solicitar a los responsables, los Consejeros de la Administración, la debida responsabilidad en forma de daños y perjuicios.